Sólo se considera que se comete infracción penal si se justifican o seincita a cometer los crímenes del régimen de Hitler
Javier Chamorro y Melchor Moreno, presidente y secretario general de la UPL, en una fotografía de archivo. M. MARCOS
D. Álvarez / A. Torres / León
El fiscal jefe de León, Emilio Fernández Rodríguez, decidió ayer archivar las diligencias abiertas para investigar los contenidos de la Llionpedia, al considerar que los hechos denunciados no son constitutivos de un delito penal.
Así se lo comunicó a los responsables del Ayuntamiento de la capital leonesa al dictaminar que los textos incluidos en la página web apadrinada por el concejal de Cultura Leonesa, Abel Pardo, “no vulneran” el artículo 607.2 del Código Penal.
El pasado 2 de octubre, el alcalde de León, Francisco Fernández (PSOE), emitió un decreto de Alcaldía con la suspensión inmediata del vinculo de la Llionpedia con la web oficial del Ayuntamiento. Asimismo, ordenó la apertura de una investigación interna sobre las entradas registradas y remitió los hechos a la Fiscalía de León.De hecho la denuncia ante el fiscal está firmada por el vicealcalde y presidente de la UPL, Javier Chamorro, ya que el regidor se encontraba de viaje en Nueva York.
Esta decisión se tomó después de conocer la existencia de unas denuncias ciudadanas de un grupo de personas vinculadas al leonesismo social sobre el contenido de los textos relacionados con el nazismo y el holocausto judíos aparecidos en la página, y que podrían ser constitutivos de un presunto delito de apología del nazismo.
Según el decreto de la Fiscalía, el archivo también afecta a la denuncia presentada posteriormente por IU en el mismo sentido.Una vez examinados los hechos y la documentación remitida, el fiscal jefe ha resuelto archivar las diligencias por estimar que “los hechos puestos en conocimiento no son constitutivos de infracción penal”, según recoge la resolución.
“Justificación” y “negación”
El decreto recoge que el fiscal no aprecia “en ninguno de los pasajes denunciados” que exista “pretensión alguna de rehabilitación de regímenes o instituciones que amparen prácticas genocidas”, así como tampoco “justificación de los crímenes de la Alemania nazi en el sentido de incitación indirecta a la comisión de delitos de genocidio o provocación al odio o a la discriminación contra grupos políticos, raciales, religiosos o étnicos”, por lo que estos “carecen de encaje delictivo”, motivo por el que “no procede la continuación de estas diligencias”.
El artículo 607.2 del Código Penal considera delito, penado con uno a dos años de prisión, “negar o justificar” genocidios. A este respecto, el fiscal jefe explica que tras una sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sólo se considera que se comete esta figura delictiva si se argumentan o se incita a cometer este tipo de crímenes porque “no basta con negarlos”.
Fernándezmantiene que, gracias a esta sentencia del TC, su trabajo se ha visto simplificado porque “es más sencillo determinar si unos textos justifican o no el genocidio más allá de negarlos”. Tras no observar indicios de ilícito penal en la Llionpedia, el fiscal jefe añade que, sin entrar a considerar el acierto en la redacción de los textos, “se acoge a ciertas tesis que reproduce para explicar el número de muertes”.
En este sentido, afirma que “determinadas expresiones como hablar de millones de muertes en vez de exterminio” pueden ser discutibles lingüísticamente hablando, pero no como delito recogido en el Código Penal que “ha sido el punto de vista al que me he limitado para estudiar el caso de la Llionpedia”.
Por otra parte, todas las fuentes apuntan a que el concejal del Ayuntamiento de León que se ha visto inmerso en la polémica continuaba ayer suspendido de militancia en la UPL, que un día antes le consideró responsable político del caso. Si embargo, ha delegado en él para dar hoy explicaciones.