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LUCHA CONTRA EL TERRORISMO / La acción judicial

Cárcel para los 21 líderes de Gestoras Pro Amnistía

La Audiencia Nacional considera que es una organización terrorista

Los 27 miembros de Gestoras Pro Amnistía acusados de pertenencia a ETA, durante la lectura pública del fallo de la Audiencia Nacional. efe

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Carlota Garrido Madrid
La lucha judicial contra ETA y su entorno continúa. La Audiencia Nacional condenó ayer a 21 personas por pertenecer al colectivo de presos etarras Gestoras Pro Amnistía, considerado por el tribunal como una organización terrorista que trabaja para el desarrollo de ETA y “bajo su dependencia para lograr el derrocamiento de España en el territorio del País Vasco”. La Sala acordó la ilicitud y la disolución del colectivo.
Las mayores condenas se las han llevado los tres dirigentes nacionales de la agrupación, Juan María Olano, Julen Zelarain y Aitor Jugo, quienes deberán pasar en la cárcel 10 años por integración en banda terrorista, al tener un “plus de responsabilidad” en el colectivo. Otros 18 juzgados fueron condenados a ocho años de prisión por el mismo delito, pero con menor grado. Los seis encausados restantes quedaron absueltos, aunque para tres de ellos ya habían retirado la acusación tanto la Fiscalía como la AVT.
Después que la presidenta del tribunal, Teresa Palacios, leyera el fallo en la sede de la Audiencia en la madrileña Casa de Campo, con los procesados presentes, la Sala celebró las vistillas y acordó el inmediato ingreso en prisión de 12 de los condenados –entre ellos los tres máximos dirigentes–.
El resto quedaron en libertad con dos comparecencias semanales al haber cumplido ya más de la mitad de la pena. La ley establece que pueden no ingresar en prisión para cumplir el resto de la condena hasta que no se resuelvan los recursos en el Supremo.
Con éste ya son tres los fallos que consideran parte de ETA a su entorno. Los anteriores fueron el dictado por el Supremo de las organizaciones juveniles Jarrai, Haika y Segi, y el de la Audiencia Nacional en el macrosumario 18/98, contra el llamado aparato político de la banda, en el que estaban organizaciones como EKIN.
Según la sentencia, Gestoras pro Amnistía mantenía un “ideario común” con ETA y “asumía, aceptaba y contaba con la lucha armada”. La banda, según el tribunal, empleaba a los miembros del colectivo para evitar que, por el arrepentimiento y la dispersión, los presos acabaran con la cohesión exigida. Así, Gestoras, a través de abogados a los que se denominan Adidas, transmitía a los reos las instrucciones a las que tenían que someterse. Si no las cumplían y se mostraban en contra de la violencia, eran expulsados de la militancia. Entre otras, ETA prohíbe las salidas individuales de los encarcelados, no tolerando que se autoexcluyan al considerar que se trata de una postura insolidaria. «La importancia que se da al frente de prisiones es a modo de instrumento obstaculizador de cualquier iniciativa que pueda partir de los presos, por cuanto el tenor de los mismos, lo que refleja, es la férrea disciplina que se les impone desde ETA, que además no tolera actuación individual alguna, sino las que deriven de las previas autorizaciones que efectúe y en ningún caso de carácter político», recoge la sentencia.
Una de las funciones del colectivo era señalar públicamente para posibles objetivos de ETA a toda “persona, grupo, organización y partido político” a los que les hacen responsables del marco que no logran alcanzar. Gestoras también tenía como labor obligar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Ejército a abandonar el territorio del País Vasco, a través de la denominada campaña Alde Hemendik, por “estar implantados en País Vasco desde el poder central de España”.

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